Baja por maternidad o paternidad para los autónomos
Requisitos para cobrar la baja de maternidad de las autónomas
Estar afiliada y en situación de alta en el RETA y estar al corriente de pago de las cuotas de autónomos
Haber cotizado un mínimo de 90 días en los 7 años anteriores al parto o 180 en cualquier amomento para trabajadoras de entre 21 y 26 años o 180 en los últimos 7 años o en su defecto 360 días en cualquier momento si la trabajadora es mayor de 26 años. Si la trabajadora es menor de 21 años no necesita haber cottizado con anterioridad.
¿Cuánto dura y cuánto cobra la maternidad o partenidad de un autónomo?
La baja de maternidad dura 16 semanas y la de paternidad 30 días
La cuantía depende de lo que cotices mensualmente, si cotizas lo mínimo, es decir estás en la tarifa plana o cotizas en toro a 275 €/mes entonces cobrarás del orden de 890 €/mes.
Baja de maternidad a tiempo parcial de las autónomas.
La autónoma podrá disfrutar del descanso por maternidad a tiempo parcial como los trabajadores por cuenta ajena. En este caso la baja durará 32 semanas y la prestación económica será de 445 €/mes. En este caso es necesario hacer la comunicación correspondiente e indicar qué progenitor disfrutará del permiso.
¿Cómo se tramita la baja por maternidad de autónomos?
Se presenta en el INSS que es la administración que gestiona esta prestación de los autónomos RETA, y debe llevar el modelo de solicitud, la declaración de situación de la actividad, la comunicación de datos a efectos de IRPF (el modelo 145) y el certificado de inscripción del hijo en el Registro civil o el libro de familia y debe presentarse en el plazo de 15 días desde el parto.
¿Puedo empezar a disfrutarla antes del parto?
La de maternidad sí, 6 semanas antes, la de paternidad no, deberá ser después.