Cómo darse de alta como autónomo en 2026: guía paso a paso
Guía completa para darte de alta en Hacienda y Seguridad Social, elegir epigrafes IAE, activar tarifa plana y empezar a facturar sin errores.
Para darte de alta como autónomo en 2026 debes hacer dos pasos: primero alta censal en Hacienda con el modelo 036 o 037, eligiendo epígrafe IAE y régimen de IVA/IRPF; despues alta en la Seguridad Social (RETA) con la misma fecha de inicio. El alta es gratuita, pero empiezas a pagar cuota desde el dia de inicio. Si cumples requisitos, puedes aplicar la tarifa plana (cuota reducida de 80 euros/mes el primer año). Necesitas certificado digital o Clave para hacerlo online. Si trabajas desde casa, declara los metros afectos. Desde el primer trimestre deberas presentar modelos 303 (IVA) y 130 (IRPF) si estas en estimación directa. Elige bien el epígrafe IAE y revisa bonificaciones. En Fiscaliza gestionamos el alta y te indicamos el plan más adecuado.
Preparacion antes de darte de alta
Una buena preparacion evita errores en el alta. Define actividad, fecha de inicio y si trabajas desde casa.
Documentación básica
- DNI o NIE en vigor.
- Numero de la Seguridad Social.
- Cuenta bancaria para domiciliar cuotas e impuestos.
- Direccion fiscal (puede ser tu vivienda).
Decisiones clave
- Actividad principal y epígrafe IAE.
- Régimen de IVA (general, exento, recargo).
- Régimen de IRPF (estimación directa o módulos).
- Fecha real de inicio de actividad.
¿Necesitas certificado digital?
Para hacer el alta 100% online es imprescindible. Puedes solicitarlo en la FNMT y usarlo para la AEAT y la Seguridad Social. Si no lo tienes, puedes usar Clave, pero algunas gestiones son más limitadas.
Paso 1: Alta en Hacienda con el modelo 036 o 037
El alta censal define tu actividad, régimen de IVA y obligaciones fiscales. Es el primer paso obligatorio.
Accede a la AEAT
Entra en la sede de la Agencia Tributaria y selecciona alta en el censo de empresarios: Alta censal 036/037.
Elige modelo 036 o 037
El 037 es simplificado para autónomos sin operaciones especiales. Si tienes actividad intracomunitaria, varios epigrafes o regímenes especiales, necesitas el 036.
Define actividad y epígrafe
Selecciona el epígrafe IAE que mejor describa tu actividad. Si haces varias actividades, puedes declarar más de un epígrafe.
Regímenes fiscales
Indica régimen de IVA (general o exento) y régimen de IRPF (estimación directa o módulos). Esto determina tus modelos trimestrales.
Epigrafes IAE: como elegirlos bien
El epígrafe define tu actividad y afecta a IVA y obligaciones. Elegir bien evita errores y sanciones.
Ejemplos habituales
- Programadores y desarrolladores: 763.1.
- Diseñadores graficos: 751.
- SEO y marketing digital: 844.
- Electricistas y fontaneros: 504.1 / 504.2.
- Comerciales: 511 o 612 según actividad.
Consulta oficial
Puedes consultar el listado oficial de actividades en la AEAT: Tabla de actividades IAE.
Si tienes dudas, es mejor asesorarte. Un epígrafe incorrecto puede cambiar tu régimen de IVA o tu inclusion en módulos.
Varias actividades
Si combinas varias actividades (por ejemplo, servicios y venta online), puedes declarar varios epigrafes. Esto influye en el plan de asesoramiento. En Fiscaliza MAS trabajamos estos casos para evitar errores de IVA y prorrata.
Paso 2: Alta en RETA (Seguridad Social)
Una vez dado de alta en Hacienda, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Acceso a la Seguridad Social
Entra en el tramite de alta en RETA: Alta en RETA.
Base de cotización
Elige tu base de cotización según ingresos previstos. En 2026 la cotización se adapta a rendimientos reales. Puedes cambiar la base varias veces al año.
Tarifa plana
Si cumples requisitos, marca tarifa plana en el alta. La cuota reducida se aplica automaticamente si no hay incompatibilidades.
Fecha de alta
Puedes elegir la fecha, pero debe ser igual o posterior a la de Hacienda. Desde esa fecha empezaras a pagar cuota. Elegir bien la fecha evita pagar por dias sin actividad.
Tarifa plana y bonificaciones
La tarifa plana es la bonificación más importante. Reduce la cuota durante los primeros meses.
Cuota reducida
La tarifa plana general es de 80 euros/mes durante 12 meses. Se puede extender otros 12 meses si los ingresos se mantienen por debajo del SMI. Consulta condiciones actualizadas.
Requisitos básicos
- No haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores.
- 3 años si ya disfrutaste tarifa plana.
- No ser autónomo colaborador (salvo excepciones).
Bonificaciones especiales
Existen bonificaciones adicionales para jovenes, mujeres en municipios rurales o victimas de violencia de genero. El detalle depende de la normativa vigente y la comunidad autonoma.
Obligaciones despues del alta
Darse de alta es el inicio. Desde ese momento, tienes obligaciones fiscales y contables.
Modelos trimestrales
- Modelo 303 (IVA).
- Modelo 130 (IRPF) si estas en estimación directa.
- Modelo 111 si tienes trabajadores o profesionales con retención.
Los plazos son del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.
Libros registro
Debes mantener registros de facturas emitidas, recibidas y bienes de inversion. Esto es obligatorio para justificar gastos y deducciones.
Obligaciones anuales
Ademas de los trimestres, presentas la declaración de la renta (Modelo 100). En algunos casos el modelo 390 (resumen anual de IVA). La coherencia entre trimestres y anual es clave para evitar requerimientos.
Costes reales del alta
El alta no tiene coste administrativo, pero debes planificar los gastos desde el primer mes.
Cuota de autónomos
Es el coste fijo principal. Con tarifa plana pagas 80 euros al mes el primer año si cumples requisitos. Sin tarifa plana, la cuota depende de tu tramo de ingresos reales.
Costes de gestión
Ademas de la cuota, debes considerar software, asesoramiento o servicios de facturación. Una gestoria puede ayudarte a evitar errores que cuestan más que la propia cuota.
Ejemplo rápido
Si empiezas con tarifa plana, el coste mínimo mensual puede ser 80 euros de cuota y un servicio de asesoría. Con ingresos bajos, este coste es asumible y evita sanciones por errores en modelos o plazos.
Cronograma recomendado de alta
Un calendario simple para que no se te pase nada en los primeros 30 dias.
Semana 1
Definir actividad, epigrafes IAE, domicilio fiscal y fecha de inicio. Solicitar certificado digital si no lo tienes.
Semana 2
Presentar el modelo 036/037 en Hacienda y darte de alta en RETA con la misma fecha.
Semana 3
Preparar el sistema de facturación, cuenta bancaria y registro de gastos.
Semana 4
Revisar primeras facturas emitidas y gastos deducibles. Planificar los modelos trimestrales.
Checklist final antes de empezar a facturar
Un repaso rápido evita errores frecuentes en el primer trimestre.
- Alta en Hacienda confirmada con fecha correcta.
- Alta en RETA confirmada y cuota aplicada.
- Epígrafe IAE correcto y regímenes fiscales revisados.
- Cuenta bancaria lista para impuestos y cuotas.
- Plantilla de factura con datos obligatorios.
Errores frecuentes al darse de alta
Errores tipicos
- Elegir un epígrafe incorrecto.
- No comunicar la afectacion de vivienda.
- Alta en RETA con fecha posterior a Hacienda.
- No aplicar tarifa plana por olvido.
Cómo evitarlos
Planifica el alta con tiempo y revisa cada dato. Un asesor puede ayudarte a elegir epígrafe, regímenes y bonificaciones sin errores.
Casos prácticos reales
💼 Caso práctico 1: Elena, community manager freelance
Perfil del autónomo:
- Nombre: Elena
- Actividad: Community manager
- Epígrafe IAE: 844 (Servicios de publicidad)
- Facturación anual: 32.000 euros
- Régimen IRPF: Estimación Directa Simplificada
- Régimen IVA: General
- Empleados: 0
- Ubicacion: Malaga
Situación / Consulta:
Elena quiere darse de alta por primera vez, trabaja desde casa y quiere tarifa plana.
Analisis y solución fiscal:
Se da de alta en Hacienda con el 037, declara afectacion del 10% de vivienda y se da de alta en RETA el mismo dia. Marca tarifa plana. Desde ese trimestre presentara el modelo 303 y 130, aunque facture poco.
Resultado final:
- ✅ Cuota: 80 euros/mes primer año.
- ✅ Modelos: 303 y 130 trimestrales.
- ✅ Documentación: certificado digital y datos de vivienda afectada.
💡 Consejo de Fiscaliza: solicita alta con unos dias de margen para evitar prisas y errores en la fecha de inicio.
💼 Caso práctico 2: Pedro, albañil con reingreso
Perfil del autónomo:
- Nombre: Pedro
- Actividad: Albañileria
- Epígrafe IAE: 501.3 (Albañileria)
- Facturación anual: 38.000 euros
- Régimen IRPF: Módulos
- Régimen IVA: General
- Empleados: Estacionales
- Ubicacion: Zaragoza
Situación / Consulta:
Pedro se dio de baja hace 5 años y quiere volver a ser autónomo. Se pregunta si puede aplicar tarifa plana.
Analisis y solución fiscal:
Al haber pasado más de 3 años desde la baja, puede acceder de nuevo a tarifa plana. Se da de alta con modelo 036 y en RETA el mismo dia. Se informa sobre módulos y limites de facturación.
Resultado final:
- ✅ Tarifa plana: aplicable por reingreso tras 5 años.
- ✅ Modelos: 303 y 131 según régimen de módulos.
- ✅ Documentación: alta censal y alta RETA sincronizadas.
💡 Consejo de Fiscaliza: revisa limites de módulos antes de elegir el régimen fiscal.
Preguntas frecuentes
Si. Puedes hacerlo antes de facturar para evitar sanciones. Elige una fecha real de inicio para no pagar cuota sin actividad.
El 037 es simplificado y sirve en la mayoria de autónomos. El 036 se usa si hay operaciones especiales o actividad intracomunitaria.
Primero en Hacienda y despues en RETA. La fecha de alta en RETA no puede ser anterior a la de Hacienda.
El alta es gratuita. El coste real es la cuota mensual. Con tarifa plana pagas 80 euros/mes el primer año si cumples requisitos.
Si han pasado al menos 2 años desde la baja (3 si ya disfrutaste tarifa plana).
Depende de tu actividad. Puedes consultar la tabla oficial en la AEAT o pedir asesoramiento para evitar errores.
Si tienes certificado digital, puedes completar todo en el mismo dia. Sin el, necesitas cita previa y el proceso puede tardar varios dias.
Si estas en estimación directa y régimen general de IVA, si. Aunque no tengas actividad, debes presentarlos en plazo.
Fuentes oficiales consultadas
- Alta censal 036/037 - AEAT
- Alta en RETA - Seguridad Social
- Tabla de actividades IAE - AEAT
- Tarifa plana - Seguridad Social
- Ley IRPF, articulo 30 - BOE
- Portal CIRCE - PAE
Ultima verificación de enlaces y contenido: 8 de enero de 2026.